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Condenan a Ibercaja a devolver los gastos hipotecarios en Valencia

 Hispamer NoticiasEn dos sentencias hechas públicas el 5 de junio de 2017, el juzgado de primera instancia número 15 de Valencia ha condenado a Ibercaja, a devolver los gastos de notaría, registro e impuesto de actos jurídicos documentados que un cliente abonó en el año 2009, condenando a su vez a la entidad a satisfacer las costas procesales, y los intereses devengados por dichas cantidades.

El cliente interpuso la demanda argumentando que la cláusula quinta de la hipoteca no se negoció individualmente, dicha cláusula es la que determinaba que todos los gastos que derivaran de la operación los debería pagar el prestatario.

El banco alegó que por estar ante una hipoteca joven, y con un interés atractivo, el cliente tendría que hacer frente a los citados gastos, alegando también que la clausula era transparente y no ofrecía dudas de interpretación.

Ante dichas alegaciones, el magistrado Juan Francisco Mejías, asevera que dicha cláusula no fue negociada individualmente y a su vez que son abusivas las cláusulas de los contratos que impongan a los consumidores el pago de gastos que deben pagar las entidades bancarías.

Desde el despacho que han asesorado a los demandantes: Ortega y García Abogados, se manifiesta que esta es la primera sentencia en toda la comunidad Valenciana, que condena por primera vez a devolver la totalidad de los gastos de la hipoteca, creando un precedente muy importante que sin lugar a dudas, dará lugar a numerosas sentencias a partir de ahora.