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Protección de Datos aprueba un nuevo sistema de mediación para «agilizar» la resolución de reclamaciones en publicidad

MADRID, 17 (SERVIMEDIA)

La Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) presentó este martes la modificación del Código de Conducta de la Asociación para la Autorregulación de la Comunicación Comercial (Autocontrol) sobre ‘Tratamiento de datos en la actividad publicitaria’, que recoge una vía para resolver de forma «más ágil» las reclamaciones en materia de protección de datos y publicidad que puedan plantear los ciudadanos.

Así lo precisó la asociación en un comunicado en el que explicó que el acto de presentación del código de conducta fue inaugurado por la directora de la AEPD, Mar España, y contó con la presencia del director general de Autocontrol, José Domingo Gómez Castallo, y de las operadoras de telefonía Másmóvil, Orange, Telefónica y Vodafone, que suscribieron hoy su adhesión al mismo.

Tras señalar que la publicidad no deseada es «una de las quejas más frecuentes» de entre las planteadas ante la agencia, defendió que la presentación de reclamaciones a través de Autocontrol y de este código de conducta, «abierto» a todas las empresas que desarrollen actividades publicitarias, «va a permitir establecer un procedimiento de mediación voluntario y gratuito» para el ciudadano con el fin de «dar una respuesta más ágil» a las reclamaciones que plantee en esta materia frente a las entidades adheridas.

Este código de conducta se aplica a los tratamientos de datos con fines publicitarios o que versen sobre publicidad que realizan las entidades adheridas, como envío de comunicaciones comerciales, incluidos aquellos en los que el interesado se encuentra en una lista de exclusión publicitaria, promociones realizadas con objeto de recoger datos personales para utilizarlos con fines publicitarios, uso de cookies y tecnologías equivalentes para la realización de publicidad comportamental o elaboración de perfiles con fines publicitarios, entre otros.

El organismo para la supervisión y control de este código es el Jurado de la Publicidad, acreditado por la agencia, y Autocontrol dispone de un sistema de resolución extrajudicial para «resolver controversias» que surjan entre los ciudadanos y las entidades adheridas al código con motivo de tratamientos de datos realizados en el ámbito de la actividad publicitaria.

La asociación estudiará las reclamaciones recibidas, iniciando el procedimiento de mediación, y la entidad adherida deberá responder en el plazo máximo de 15 días, proponiendo las actuaciones «que considere pertinentes para la mediación», mientras la duración máxima del procedimiento será de 30 días.

Por otro lado, cuando las reclamaciones en materia de protección de datos y publicidad contra las entidades adheridas se planteen directamente ante la agencia, ésta podrá remitírselas al Jurado de la Publicidad, para iniciar el procedimiento de mediación. Su duración máxima en este caso será de 27 días y deberá informar a la agencia del acuerdo que se alcance.

Durante su intervención en el evento, la directora de la AEPD, Mar España, subrayó la importancia de este código de conducta y la adhesión de las operadoras de telecomunicaciones para «solucionar de forma más ágil y sencilla» los conflictos que se produzcan entre las entidades y los ciudadanos y como «una forma de fomentar la confianza de los consumidores en las organizaciones», que, dijo, «a su vez pueden obtener una imagen conjunta de la problemática que pueda darse en una entidad respecto de la vulneración de la normativa de protección de datos y publicidad».

Para el director general de Autocontrol, José Domingo Gómez, se trata de un código que ofrece un sistema de tramitación de reclamaciones de protección de datos en publicidad «que tiene múltiples y significativas ventajas» tanto para los consumidores y usuarios, a los que, a su entender, «facilita un cauce sencillo, ágil y eficaz para la resolución de sus quejas», como para las empresas adheridas.