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Bruselas aprueba la línea de avales del ICO de 10.000 millones para empresas afectadas por la guerra

MADRID, 02 (SERVIMEDIA)

La Comisión Europea ha dado luz verde a la línea de avales del Instituto de Crédito Oficial (ICO) de 10.000 millones de euros para las empresas que se vean afectadas por la guerra en Ucrania y ya podrán solicitarlos.

Según informó Bruselas en un comunicado este jueves, este régimen se ha aprobado en virtud del Marco Temporal de Crisis, adoptado por la Comisión el pasado 23 de marzo.

Se trata de una línea de 10.000 millones de euros que aprobó el Gobierno a finales de marzo como parte del plan de medidas en respuesta a las consecuencias económicas de la guerra.

De estos 10.000 millones, el Ejecutivo desbloqueó el mes pasado un primer tramo de 5.000 millones, pero faltaba la autorización de Bruselas para poder solicitarlos.

La Comisión Europea destacó en un comunicado que este régimen de ayudas español «es necesario, adecuado y proporcionado para poner remedio a una grave perturbación» y cumple con las condiciones del Marco Temporal de Crisis.

Los avales se dirigen a autónomos y empresas de todos los sectores económicos con excepción del sector financiero y de seguros y servirán para garantizar nuevas operaciones de financiación concedidas por las entidades financieras.

Se podrán solicitar hasta el 1 de diciembre de 2022 y tendrán un periodo de carencia inicial del principal de 12 meses.

Podrán beneficiarse de las ayudas los autónomos y empresas que no se encuentren en situación de morosidad ni en procedimiento concursal a la fecha de firma de la operación, ni estén sujetos a sanciones por parte de la Unión Europea, ni tengan en el momento de solicitud del aval ningún proceso de ejecución de avales gestionados por el ICO.

El aval garantizará hasta el 80% de los nuevos préstamos de operaciones solicitadas con importe máximo avalado de hasta 400.000 euros con carácter general, o 35.000 euros para empresas del sector primario, acuicultura o pesca, en una o varias operaciones de préstamo. En estos casos, el aval emitido tendrá una vigencia igual al plazo del préstamo concedido, con un plazo máximo de 10 años.

Para préstamos por un volumen superior el aval podrá garantizar hasta el 80% del importe del crédito para pymes y autónomos y hasta el 70% para el resto de empresas, aunque el importe total del préstamo no podrá ser mayor del 15% del volumen de negocios anual medio total del beneficiario durante los tres últimos ejercicios, o del 50% de los costes de la energía en los doce meses anteriores a la solicitud del préstamo. Para estos préstamos el aval coincidirá también con el plazo de amortización de la operación, que será de hasta ocho años.