La nueva Ley de Bienestar Animal, en vigor desde el 29 de septiembre de 2023, establece que todos los propietarios de perros deberán contratar y mantener en vigor un seguro de responsabilidad civil que cubra los posibles daños a terceros provocados por el animal.
Por lo tanto, la respuesta correcta a la pregunta del titular es un sí taxativo. Sin embargo, la ley no especifica el precio ni las condiciones del seguro, sino que remite a los obligados a un reglamento que se desarrollará posteriormente.
En concreto, la ley se limita a especificar que la cobertura de este seguro mascotas debe incluir al responsable del perro y ser de una cuantía indemnizatoria suficientemente elevada para cubrir cualquier gasto derivado de los posibles incidentes causados por el perro.
Estas indefiniciones de la Ley de Bienestar Animal dan pie a que los propietarios de los canes se planteen otras preguntas:
- ¿Cuál es la cuantía indemnizatoria que garantiza al dueño que no se verá afectado patrimonialmente en caso de ataque o accidente causado por el animal?
- ¿Existe la posibilidad de que el seguro no indemnice por la totalidad de los daños en caso de que el perro no transite por los lugares públicos con bozal?
En las siguientes líneas damos respuesta a estas y otras cuestiones.
Tipos de seguros para mascotas
Antes de comenzar, aclaramos que existen dos tipos de seguros para mascotas:
- El seguro de atención veterinaria (con coberturas opcionales de gastos de eutanasia, incineración o sepelio).
- El seguro de responsabilidad civil.
En concreto, el seguro de responsabilidad civil para mascotas que la Ley de Bienestar Animal obliga a contratar es una póliza que cubre cualquier daño personal o material que el animal pueda causar a terceras personas.
Además, este seguro de responsabilidad civil para perros también incluye los gastos de defensa jurídica del propietario del perro, en caso de reclamaciones o denuncias, tanto si estas se efectúan por vía administrativa como si son de carácter judicial.
Añadimos que las compañías aseguradoras ofrecen a los titulares de los canes la posibilidad de contratar un seguro de mascotas que incluya tanto las coberturas de responsabilidad civil como las de atención veterinaria y opcionales.
¿Qué cuantía indemnizatoria por responsabilidad civil es recomendable contratar en un seguro de mascotas?
Aunque la Ley de Bienestar Animal no establece una cuantía indemnizatoria mínima para los seguros de mascotas, algunas comunidades autónomas han desarrollado reglamentos específicos en los que se establecen unas cuantías mínimas determinadas, en función de la raza del perro o de si este está catalogado en la categoría PPP (perros potencialmente peligrosos).
Dado que las cuantías exigidas y las catalogaciones de los PPP no son las mismas en todas las autonomías, esto significa que debemos conocer la reglamentación de las comunidades autónomas a las que vayamos a viajar con nuestro animal, para contratar un seguro de mascotas que se ajuste a los requerimientos exigidos en las mismas.
Ahora bien, ¿cómo puede el dueño de un perro cubrirse las espaldas sin necesidad de conocer todas y cada una de las distintas reglamentaciones caninas autonómicas? Pues contratando un seguro de mascotas cuya cuantía indemnizatoria sea razonablemente elevada.
A modo de ejemplo, una cobertura de responsabilidad civil de 60 000 euros puede parecer alta a primera vista, pero será claramente insuficiente si nuestro perro hiere gravemente o provoca el fallecimiento de una persona. Hay que tener en cuenta que las indemnizaciones por lesiones muy graves o fallecimiento pueden alcanzar cuantías de varios centenares de miles de euros.
Por tanto, nuestra opinión particular es que la cuantía indemnizatoria nunca ha de ser inferior a los 300 000 euros, especialmente si somos los propietarios de un animal que, por su envergadura o características conductuales, es susceptible de provocar lesiones graves.
¿Y si hablamos de un perrito de tamaño mínimo? Pues lo cierto es que tampoco estamos libres de que ese perrillo se escape o se pierda y provoque un accidente de tráfico de consecuencias impredecibles. Conque nuestra recomendación es similar a la del caso anterior.
Finalmente, facilitamos una información relevante para los propietarios de perros que tienen en vigor un seguro de hogar: en muchos de los seguros de hogar ya está incluida de serie la cobertura de responsabilidad civil para mascotas, normalmente con un alcance indemnizatorio de entre 30 000 y 60 000 euros.
En estos casos, puede que no sea necesario contratar un seguro de mascotas específico, si la aseguradora nos permite aumentar la cuantía indemnizatoria de dicha cobertura, esta acción solo nos supondrá un pequeño incremento del importe de la prima anual del seguro de hogar.
Seguro de mascotas y perros obligados a llevar bozal: cómo evitar conflictos con las aseguradoras
La nueva ley no exime a los PPP del uso del bozal en las vías y lugares públicos ni tampoco a aquellos que han sido especialmente adiestrados para la defensa o el ataque.
Además, añade una importante novedad: también deberán llevar bozal aquellos canes que no superen un test de sociabilidad de carácter obligatorio, una prueba cuya principal finalidad es la de evaluar el comportamiento social y el nivel de educación básica de los animales.
Durante el test, el evaluador comprueba que el perro puede compartir espacios con otros animales y personas, sin mostrar signos de miedo ni agresividad. Si el perro aprueba el test, se le otorga un certificado de sociabilidad que le exime de llevar bozal.
Por lo tanto, si somos los propietarios de un perro que tiene que llevar bozal, procuraremos no omitir nunca la observancia de esta obligación. En caso de que un perro sin certificado de sociabilidad no lleve bozal y ataque a otros animales o personas, puede que la aseguradora se niegue a cubrir las correspondientes indemnizaciones.
Aclaramos que la compañía de seguros sí que indemnizará por los daños a los perjudicados, pero posteriormente reclamará todos los gastos al dueño del perro.
La circunstancia es equiparable a lo que ocurre cuando el conductor de un vehículo provoca un accidente, circulando con un automóvil que no ha superado la ITV, y se comprueba fehacientemente que la causa del siniestro ha sido un fallo mecánico: la compañía con la que tiene contratado su seguro de coche puede aducir ese hecho para reclamar las indemnizaciones al conductor.