Cada año, millones de contribuyentes deben rendir cuentas en sus declaraciones de la renta con Hacienda. Aunque las campañas suelen empezar en primavera y acabar para el 30 de junio, lo importante es lo que se hace durante el año previo, es decir, hasta el 31 de diciembre.
Son muchos los contribuyentes que, antes de que acabe el llamado año fiscal, buscan pequeños gestos que les permitan mejorar el resultado de la declaración del IRPF.
Aunque cada situación personal requiere un análisis específico, existen varias decisiones financieras que pueden incrementar la desgravación o reducir la factura fiscal.
¿Cuáles son los 6 consejos de un asesor financiero?
1. Aportaciones a planes de pensiones
Las aportaciones a planes de pensiones individuales o de empleo continúan siendo uno de los instrumentos más conocidos para reducir la base imponible general.
Aunque los límites normativos se han reducido respecto a ejercicios anteriores (1500 euros o 30% de la suma de los rendimientos netos del trabajo y de actividades económicas en el caso de planes de pensiones y un límite de 10.000 euros en planes de pensiones de empleo), siguen ofreciendo una ventaja clara para quienes desean complementar el ahorro a largo plazo.
“La clave radica en realizar la aportación antes del fin del año fiscal y en tener en cuenta el límite conjunto de todos los planes asociados al contribuyente. Las aportaciones realizadas a favor del cónyuge, en los supuestos permitidos y hasta los mil euros, también pueden generar desgravación adicional”, explican desde las asesorías.
Este producto, que tiene su polémica en los términos de rescate, empieza a ser cada vez más interesante de cara a los ingresos futuros. No obstante, la recomendación pasa por asesorarse bien a la hora de rescatarlo para que la retención aplicada a los rendimientos sea la más baja.
2. Compensación de pérdidas y ganancias patrimoniales
El cierre del ejercicio fiscal representa el mejor momento para revisar la cartera de inversiones de cada contribuyente, si es que dispone de ella.
La normativa permite compensar las pérdidas con aquellas ganancias obtenidas en el mismo año. Aún así, si aún quedara saldo negativo, se podría compensar una parte contra los rendimientos del capital mobiliario, dentro de los límites establecidos.
“La venta estratégica de activos con minusvalías puede contribuir a equilibrar el impacto tributario derivado de plusvalías previamente materializadas”, explican.
Es importante, eso sí, conocer y respetar la regla conocida como “regla de los dos meses”, que impide recomprar valores homogéneos en un periodo cercano a la venta con pérdidas para evitar, precisamente, especulaciones.
3. Donativos a entidades con incentivos fiscales
Las donaciones a ONG, fundaciones y entidades acogidas a la llamada Ley de Mecenazgo generan deducciones en la cuota de la renta.
Estos beneficios a los que puede acogerse un contribuyente se incrementan cuando existe recurrencia en los donativos a la misma entidad durante varios ejercicios consecutivos.
Dado que las deducciones son aplicables sólo a los donativos realizados dentro del año natural, una aportación final antes del 31 de diciembre puede mejorar la cuota íntegra y, en algunos casos, generar una compensación muy significativa en relación con el importe aportado.
4. Obras de eficiencia energética en la vivienda habitual
Actualmente y gracias a subvenciones de la Unión Europea, las opciones en la declaración vinculadas a actuaciones que mejoren la eficiencia energética de los inmuebles han ganado protagonismo en los últimos años.
Mejoras como la sustitución de ventanas por unas más eficientes, la instalación de sistemas de climatización o reformas que reduzcan el consumo energético o incluso, las reformas de fachadas pueden dar derecho a deducciones específicas, siempre que se cumplan los requisitos técnicos y se disponga del certificado correspondiente.
De cara al cierre del año, resulta relevante que las obras estén pagadas dentro del ejercicio fiscal, aún cuando su ejecución pueda prolongarse más allá. De hecho, si no se ha hecho, puede ser una alternativa para planificar el año siguiente.
5. Revisión de deducciones autonómicas
La distinta legislación fiscal de las comunidades autónomas permite acceder a un conjunto adicional de ventajas que pueden aplicarse según residencia: gastos escolares, alquiler de vivienda, nacimiento o adopción de hijos, inversión en energías renovables, entre otras muchas.
Un repaso anticipado de estas deducciones puede motivar decisiones útiles como el abono de determinados gastos deducibles o la formalización de contratos que dan derecho a beneficios.
6. Amortización anticipada de préstamos hipotecarios cualificados
Para las hipotecas compradas antes de 2013, la amortización anticipada antes del cierre del ejercicio puede permitir aprovechar al máximo el límite anual de deducción, situado en los 9040 euros por contribuyente.
Siempre debe valorarse el impacto financiero global de adelantar capital, pero desde el punto de vista estrictamente fiscal, puede ser un gesto eficaz cuando existe margen disponible dentro del límite deducible.












