La Comisión Europea ha puesto en marcha una iniciativa destinada a revolucionar la creación de empresas en el entorno comunitario.
El objetivo es claro: permitir que cualquier emprendedor pueda constituir una sociedad en un plazo máximo de 48 horas y con un coste inferior a los 100 euros, eliminando gran parte de las barreras administrativas que actualmente ralentizan la actividad empresarial en muchos países, entre ellos España.
Digitalización de los procesos
El nuevo régimen, impulsado desde Comisión Europea, se articula en torno a la digitalización completa del proceso de constitución. La propuesta plantea que todos los trámites puedan realizarse de forma telemática mediante registros mercantiles interconectados a nivel europeo, sin necesidad de presencia física ni de intermediarios obligatorios como notarios en ciertos casos. El modelo busca replicar sistemas ya operativos en países como Estonia, donde crear una empresa es un proceso casi inmediato.
En la práctica, el funcionamiento sería sencillo.
- El emprendedor accedería a una plataforma digital única, válida para todos los Estados miembros, donde elegiría la forma jurídica estandarizada —una versión simplificada de la sociedad limitada—.
- A continuación, rellenaría los estatutos tipo previamente armonizados por la Unión Europea, aportaría la documentación básica de identificación y designaría a los administradores. Todo el proceso se apoyaría en sistemas de verificación digital y firma electrónica reconocida en toda la UE.
- Una vez completados estos pasos, el registro mercantil correspondiente validaría automáticamente la solicitud en un plazo máximo de dos días.
- El coste reducido, inferior a 100 euros, vendría determinado por la eliminación de tasas innecesarias y la estandarización de documentos, evitando gastos notariales o administrativos adicionales en los casos más simples.
El resultado sería una empresa plenamente operativa en menos de 48 horas, con capacidad para facturar y contratar desde el primer momento.
¿Cómo afectaría a los nuevos empresarios españoles?
El impacto en España sería significativo. Actualmente, aunque se han producido avances con sistemas como CIRCE, la constitución de una sociedad sigue implicando mayores costes y plazos más largos, especialmente cuando intervienen notarías o registros con cargas de trabajo elevadas.
La implantación de este modelo europeo obligaría a adaptar el marco legal español para aceptar estatutos estándar, reforzar la identidad digital y reducir la intervención presencial en el proceso.
Además, la medida podría intensificar la competencia regulatoria dentro de la Unión Europea.
Si España no logra equiparar la agilidad y el coste del nuevo sistema, existe el riesgo de que emprendedores opten por constituir sus empresas en otros países con procedimientos más rápidos, operando posteriormente en territorio español bajo el principio de libre establecimiento.
Desde el punto de vista económico, la propuesta busca estimular la creación de empresas, especialmente entre autónomos y pequeñas iniciativas, reduciendo el coste de entrada y el tiempo de espera. También pretende combatir la economía sumergida, facilitando que actividades informales pasen a operar dentro del marco legal con menor fricción administrativa.
En definitiva, el plan de Bruselas apunta a un cambio estructural en la forma de emprender en Europa. Si se implementa plenamente, supondrá un reto directo para sistemas más burocratizados como el español, que deberán acelerar su modernización para no quedar en desventaja en un mercado único cada vez más digital y competitivo.
Los deberes de España para no ser multada: el IVA de los autónomos
Mientras, la Unión Europea ha solicitado formalmente que se impongan sanciones económicas por el incumplimiento de la normativa sobre el IVA de autónomos.
El conflicto gira en torno a una directiva europea aprobada en 2020 —la Directiva (UE) 2020/285— que debía estar incorporada a las legislaciones nacionales antes del 31 de diciembre de 2024.
Esta norma permite crear un régimen de franquicia de IVA para autónomos y pequeñas empresas con una facturación anual de hasta 85.000 euros, lo que en la práctica supone que podrían no repercutir ni declarar este impuesto.
España no ha transpuesto correctamente esta directiva en plazo. Como consecuencia, la Comisión Europea ha decidido llevar el caso ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea y ha pedido que se impongan sanciones financieras.
El motivo no es únicamente que España no aplique la exención dentro de su territorio, sino que tampoco ha adaptado su legislación para permitir que los autónomos españoles se beneficien de ese régimen cuando operan en otros países de la UE.
Bruselas ya había advertido previamente a España mediante requerimientos formales durante 2025, pero ante la falta de cambios ha optado por escalar el procedimiento. Esto sitúa al país como el único de la Unión Europea que no ha implementado este marco legal, lo que refuerza la presión para una posible multa si el tribunal confirma el incumplimiento.
En la práctica, esto significa que la sanción aún no está fijada ni aplicada, pero es muy probable si el TJUE falla en contra de España. Las multas en estos casos suelen incluir una cantidad fija y/o penalizaciones periódicas hasta que el país adapte su legislación.
En paralelo, el efecto económico y regulatorio es relevante: los autónomos españoles siguen obligados a declarar y repercutir el IVA incluso con ingresos bajos, a diferencia de otros países europeos donde este régimen ya está en vigor.











