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La nueva Ley de Farmacia recoge la «flexibilidad de aperturas 24 horas» y la atención domiciliaria

MADRID, 20 (SERVIMEDIA)

El consejero de Sanidad de la Comunidad de Madrid, Enrique Ruiz Escudero, anunció este miércoles la aprobación, por parte del Consejo de Gobierno, del proyecto de Ley de Ordenación y Atención Farmacéutica de la Comunidad de Madrid y su remisión a la Asamblea autonómica.

El texto recoge la «flexibilidad de aperturas 24 horas» y la atención domiciliaria. El consejero señaló que es una ley que «garantiza que todos los ciudadanos tengan acceso a los medicamentos y refuerza el hecho de que, al frente de la dispensación de fármacos, haya siempre un profesional como el farmacéutico. Con todo ello, se potencia el protagonismo del farmacéutico como agente de salud. Y se garantiza una asistencia de calidad al ciudadano».

Son un total de 55 artículos que recogen las aportaciones de 163 particulares, entre los que se encuentran, titulares, personal de plantilla de las oficinas de farmacéuticos y usuarios que han formulado alegaciones durante el trámite de audiencia e información pública. Es, según Ruiz Escudero, «un texto muy participativo, lo que ha contribuido a su mejora conceptual».

PAPEL DEL FARMACEUTICO

«Estamos ante una norma propia del siglo XXI», dijo el consejero en la rueda de prensa posterior a la reunión del Consejo de Gobierno. Además, añadió, engloba importantes novedades, entre ellas, «la adaptación del concepto de dispensación de fármacos a la realidad actual, reivindicando la trascendencia inequívoca de los profesionales en este acto de dispensación y cerrando completamente la puerta al ‘delivery’. Es decir, se deja claro el papel del farmacéutico, limitando la entrega de los medicamentos al personal propio de la oficina».

Desarrolla también la atención farmacéutica domiciliaria, atendiendo así a las necesidades de los ciudadanos dependientes, con dificultad para desplazarse a la oficina de farmacia.

Eso sí, dijo Ruiz Escudero, «preservando siempre el carácter profesional de la prestación del servicio, cumpliendo las garantías de control y calidad exigidas, y de acuerdo a un protocolo establecido».

Asimismo, regula los sistemas personales de dosificación con el fin de mejorar la adherencia y efectividad de los tratamientos farmacológicos, en particular de pacientes crónicos, polimedicados y en situación de dependencia.

También de amplían las secciones en las oficinas de farmacia, incluyendo la de nutrición y dietética, dando así una mayor flexibilidad y un estímulo a la economía y al empleo. Deben estar atendidas por profesionales bien cualificados, aunque no necesariamente deben de ser farmacéuticos.

24 HORAS DE APERTURA

En relación con los horarios de las farmacias, se avanza en la flexibilización, cumpliendo con una demanda de profesionales y de usuarios. El objetivo es adaptar y ajustar los horarios a los ritmos actuales de vida. De ahí que haya una franja fija y otra variable de apertura, que puede llegar hasta las 24 horas del día para facilitar la adquisición de fármacos.

El texto de esta nueva ley recoge la posibilidad de organizar servicios de guardia entre oficinas de farmacia ubicadas en municipios limítrofes cuando las características sociodemográficas y la densidad de la población así lo justifiquen, pensando en la mejor atención a los ciudadanos de la región.

Destaca también la regulación de la atención farmacéutica en los centros de servicios sociales de carácter residencial de menos de 100 camas en régimen de asistidos y en los centros de servicios sociales que presten asistencia sanitaria específica, ya que podrán disponer de un depósito de medicamentos vinculado a un servicio de farmacia del área sanitaria o a una oficina de farmacia de la Comunidad de Madrid.