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Cómo abrir una cuenta bancaria a un menor

En muchas familias, uno de los objetivos a largo plazo es garantizar cierta estabilidad económica para los hijos.

Empezar a crear un pequeño ahorro desde edades tempranas puede marcar una diferencia importante cuando llegue el momento de afrontar gastos relevantes, como estudios, actividades formativas o los primeros proyectos personales. Por eso, cada vez más padres se plantean abrir una cuenta bancaria a nombre de sus hijos menores.

Además del componente de ahorro familiar, este tipo de cuentas también tienen un valor educativo.

Permiten introducir a los menores en conceptos básicos de finanzas personales como el ahorro, la planificación o la gestión del dinero. Cuando los niños o adolescentes empiezan a comprender cómo funciona una cuenta bancaria, qué significa ingresar dinero o cómo controlar sus gastos, están desarrollando habilidades financieras que les serán útiles durante toda la vida.

Abrir una cuenta para un menor también facilita organizar el dinero que recibe, por ejemplo en cumpleaños, pagas semanales o regalos familiares, evitando que quede disperso o sin control. Con el tiempo, puede convertirse en una herramienta práctica para enseñarles a fijar objetivos de ahorro y a tomar decisiones responsables con su dinero.

Qué requisitos se piden para abrir una cuenta a un menor

En España, los menores de edad no pueden abrir ni gestionar por sí mismos una cuenta bancaria, por lo que siempre debe intervenir al menos uno de sus representantes legales, normalmente los padres o tutores.

En la mayoría de los casos, cuando los padres conviven y ejercen conjuntamente la patria potestad, cualquiera de ellos puede acudir al banco para abrir la cuenta del menor, aunque algunas entidades solicitan la firma de ambos progenitores para determinados productos o para la operativa posterior.

Habitualmente se requiere presentar el DNI o NIE de los padres, el DNI del menor si ya lo tiene (o el libro de familia si es más pequeño) y firmar el contrato de apertura como representantes legales.

Cuando los padres están separados o divorciados, la situación puede variar según el tipo de custodia y lo que establezca la resolución judicial. Si ambos mantienen la patria potestad, lo habitual es que el banco solicite la autorización de los dos progenitores para abrir la cuenta o para determinadas operaciones relevantes. En cambio, si uno de los padres tiene la patria potestad exclusiva, será esa persona quien pueda actuar como representante legal del menor ante la entidad bancaria.

También existen casos en los que el tutor legal no es un progenitor, por ejemplo cuando el menor está bajo tutela judicial o de un familiar. En estas situaciones se debe acreditar la condición de tutor mediante la documentación correspondiente para poder abrir la cuenta.

La cuenta queda a nombre del menor, pero los adultos autorizados son quienes gestionan el dinero hasta que el titular alcanza la mayoría de edad.

Cuenta corriente o cuenta remunerada

A la hora de abrir una cuenta para un menor, las entidades suelen ofrecer diferentes opciones. Las más habituales son las cuentas corrientes infantiles o juveniles y las cuentas remuneradas pensadas para el ahorro.

Una cuenta corriente suele ser la opción más sencilla. Permite ingresar dinero, recibir transferencias o, en algunos casos, disponer de una tarjeta adaptada a menores cuando alcanzan cierta edad. Este tipo de cuenta está pensada más para la gestión del dinero del día a día, como pequeñas pagas, regalos familiares o gastos puntuales.

Por otro lado, algunas entidades ofrecen cuentas remuneradas o cuentas de ahorro para menores. En estos productos el dinero depositado puede generar un pequeño interés, lo que incentiva mantener el dinero guardado durante más tiempo. Aunque la rentabilidad suele ser moderada, el objetivo principal es fomentar el ahorro progresivo y ayudar a acumular un fondo con el paso de los años.

Elegir entre una u otra opción dependerá del objetivo familiar. Si se busca que el menor empiece a familiarizarse con el uso básico del dinero, una cuenta corriente puede ser suficiente. Si la intención es construir un ahorro a medio o largo plazo, una cuenta remunerada puede resultar más interesante.

Educación financiera y trámites como las becas MEC

Tener una cuenta bancaria a nombre del menor también puede ser útil en determinados trámites administrativos.

Por ejemplo, cuando los estudiantes solicitan ayudas o becas públicas, como las conocidas becas MEC del Ministerio de Educación, en muchos casos es necesario indicar una cuenta bancaria donde se realizará el ingreso de la ayuda.

Si el estudiante ya dispone de una cuenta a su nombre, el proceso suele ser más sencillo y transparente, ya que el dinero de la beca se ingresa directamente al beneficiario. Esto también permite que el propio joven empiece a gestionar esos recursos con cierta supervisión familiar.

Más allá de estos trámites, la cuenta bancaria puede convertirse en una herramienta práctica para introducir conceptos como el control de ingresos, la planificación del ahorro o la importancia de reservar dinero para objetivos futuros. En definitiva, abrir una cuenta a un menor no solo es una decisión financiera, sino también una oportunidad para educar en responsabilidad económica desde edades tempranas.