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Consumo recuerda a la banca su obligación de ofrecer cuentas gratuitas para personas vulnerables, como los refugiados ucranianos

MADRID, 18 (SERVIMEDIA)

El Ministerio de Consumo lanzó este viernes una campaña informativa en la que recuerda que todas las entidades financieras tienen la obligación de ofrecer una cuenta básica, totalmente gratuita, a aquellas personas que se encuentran en una situación de «vulnerabilidad» o que están «en riesgo de exclusión financiera», como es el caso de los refugiados ucranianos que llegarán a España como consecuencia de la crisis humanitaria provocada en su país tras la invasión por parte de Rusia.

Así lo anunció el departamento de Alberto Garzón en un comunicado en el que precisó que la iniciativa se completa con una carta que ha enviado a la Asociación Española de Banca (AEB) y a la Confederación Española de Cajas de Ahorros (CECA) en la que advierte de que las entidades «deben ser proactivas» y les pide que resuelvan los «problemas» que están «impidiendo» la apertura de este tipo de cuentas a personas «que cumplen los requisitos».

Se trata de un colectivo que aumentará en las próximas semanas como consecuencia de la llegada de personas refugiadas de Ucrania, según el ministerio, que urgió a «considerar» que los solicitantes de asilo que lleguen «como consecuencia de la actual agresión» a su país requerirán de estos servicios «de forma urgente para poder iniciar una vida en España», tal y como recoge su escrito.

Consumo también reclamó a las entidades financieras que cumplan «escrupulosamente» con la obligación de proporcionar cuentas gratuitas a las personas en situación de vulnerabilidad económica o en riesgo de exclusión financiera dado que, según datos del Banco de España, apenas 18.775 personas recibieron una en España en 2020, pese a «haber cientos de miles de posibles beneficiarios», según el gabinete de Garzón.

REQUISITOS Y PROCEDIMIENTO

Las cuentas gratuitas a las que tienen derecho las personas más vulnerables o en riesgo de exclusión financiera están exentas de comisiones y no obligan a la contratación de ningún producto extra. Esto permite a los usuarios contratar servicios básicos de suministros, acceder a ayudas públicas, solicitar prestaciones como el Ingreso Mínimo Vital (IMV), retirar efectivo, o realizar operaciones con tarjetas de débito o prepago con un límite de 120 movimientos anuales, según puntualizó Consumo.

Los solicitantes deben acreditar su identidad (a través de DNI, pasaporte, tarjeta de residencia, tarjeta roja o TIE) y cumplir al menos uno de los siguientes requisitos: residir legalmente en la Unión Europea, aunque no se tenga domicilio fijo; ser solicitante de asilo, o carecer de documentación en regla pero estar en una situación «excepcional» que impida su expulsión del país.

Además, quien solicite la cuenta bancaria gratuita también debe acreditar que se encuentra en situación de «vulnerabilidad económica», justificando sus ingresos en relación al Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (Iprem) y aportando, junto al libro de familia (en el caso de las familias), un certificado de rentas del último ejercicio tributario; las últimas tres nóminas, el certificado de prestación o subsidio de desempleo; el certificado acreditativo de los salarios sociales o ayudas de asistencia social o el certificado de prestaciones por cese de actividad.

Para garantizar el derecho de las personas en situación de vulnerabilidad económica y financiera, el Ministerio de Consumo recordó que, en caso de no disponer de ninguno de estos documentos, los interesados pueden entregar un informe emitido por los servicios sociales del ayuntamiento en el que se hayan empadronamiento y que «avale la idoneidad para abrir la cuenta».

Las entidades bancarias tienen un plazo máximo de 30 días desde que el interesado aporta la documentación para resolver la solicitud y dicha comunicación se hará por escrito y de manera gratuita. En caso de no recibir contestación en este plazo, «se entenderá que se ha concedido al solicitante la cuenta gratuita, ya que la denegación debe hacerse siempre por escrito», según el departamento de Garzón, que explicó que, en caso de necesidad, la persona interesada puede poner una reclamación ante el Banco de España.