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El BOE publica la prohibición de los «despidos» para las empresas que perciban ayudas por el coste de la energía y para las que acudan a los ERTE

MADRID, 30 (SERVIMEDIA)

El Boletín Oficial del Estado (BOE) publicó este miércoles la prohibición de acometer «despidos» para las empresas que se acojan a los ERTE contemplados de la reforma laboral ante las dificultades económicas derivadas de la guerra en Ucrania, así como a las empresas que perciban «ayudas directas» por el encarecimiento de la energía.

Se trata de una de las medidas contempladas en el Real Decreto-ley 6/2022, de 29 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes en el marco del Plan Nacional de respuesta a las consecuencias económicas y sociales de la guerra en Ucrania, aprobado ayer en Consejo de Ministros y que hoy publica el BOE.

En concreto, el artículo 44 señala que, «en aquellas empresas beneficiarias de las ayudas directas previstas» en el real decreto, «el aumento de los costes energéticos no podrá constituir causa objetiva de despido hasta el 30 de junio de 2022». Además, avisa de que «el incumplimiento de esta obligación conllevará el reintegro de la ayuda recibida».

Asimismo, indica que «las empresas que se acojan a las medidas de reducción de jornada o suspensión de contratos reguladas en el artículo 47 del Estatuto de los Trabajadores por causas relacionadas con la invasión de Ucrania y que se beneficien de apoyo público no podrán utilizar estas causas para realizar despidos», en referencia a los ERTE contemplados en la reforma laboral.

Esta prohibición también estuvo presente en los ‘ERTE covid’ acordados entre Gobierno, patronal y sindicatos durante la pandemia, tanto en su aprobación inicial como en las posteriores prórrogas. La última de ellas concluye este 31 de marzo y ya las empresas que deseen este tipo de protección tendrán que acudir a los mecanismos estructurales de la reforma laboral.

Precisamente, el texto publicado en el BOE este miércoles recoge que «como ha puesto de manifiesto la experiencia de los expedientes ligados a la crisis de la covid-19 también resulta necesario, para proteger el empleo de manera suficiente, establecer una serie de medidas complementarias y extraordinarias que garanticen su efecto útil, que no es otro que evitar la destrucción del empleo y del tejido empresarial ante una situación que podría tener efectos económicos y sociales imprevisibles».