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La nueva Ley de Tráfico entra en vigor el próximo lunes con 50 novedades

– Seis puntos menos por llevar el móvil en una mano y cuatro por no usar el cinturón de seguridad

– Tasa cero de alcohol para conductores menores de edad y adiós al margen de 20 km/h para adelantar en carretera convencional

MADRID, 18 (SERVIMEDIA)

El próximo lunes, 21 de marzo, entra en vigor la nueva Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, que incorpora 50 novedades relacionadas con aspectos diversos como los vehículos de movilidad personal, las bicicletas, las distracciones, la velocidad, el alcohol, el cinturón de seguridad, el medio ambiente y el vehículo autónomo.

El director general de Tráfico, Pere Navarro, apuntó este viernes en declaraciones facilitadas por la Dirección General de Tráfico (DGT) que se trata de «una ley que apuesta por el futuro» porque incorpora «la política de medio ambiente» al obligar a los usuarios de las vías a «protegerlo» e incluye «referencias expresas a episodios de alta contaminación y a zonas de bajas emisiones». «También es novedosa porque establece, por primera vez, la regulación del vehículo autónomo con el fin de dotarle de un marco jurídico susceptible de garantizar las exigencias en relación con la seguridad vial», añadió.

Además de esta apuesta por el futuro, la ley refleja los cambios que se producen actualmente en la movilidad, da cobertura legal a la acreditación del permiso de conducir en soporte digital a través de la ‘app’ miDGT, alude al uso de los paneles de mensaje variable en carretera u otros medios tecnológicos para dar órdenes o instrucciones para la regulación del tráfico.

ALGUNAS NOVEDADES

Entre sus novedades, destaca que aumenta de tres a seis los puntos a detraer por utilizar dispositivos de telefonía móvil con una mano mientras se conduce. No en vano, las distracciones al volante son la primera causa de los siniestros mortales desde 2016.

Además, no llevar puesto -o hacerlo de forma inadecuada- el cinturón de seguridad, el sistema de retención infantil, el casco y otros elementos de protección obligatorios supondrá perder cuatro puntos, cuando actualmente son tres. Una de cada cuatro personas fallecidas en siniestro de tráfico no usaba el cinturón de seguridad.

Respecto a la velocidad, se suprime la posibilidad de que coches y motos puedan rebasar en 20 km/h los límites de velocidad en las carreteras convencionales cuando adelanten a otros vehículos. Dos de cada tres siniestros mortales se producen en carreteras convencionales. En 2019, hubo 239 fallecidos en colisión frontal en este tipo de vías.

Sobre el alcohol, los conductores menores de edad que conduzcan cualquier vehículo no podrán circular con una tasa superior a cero, tanto en sangre como en aire espirado. La infracción no cambia porque sigue tipificada como muy grave, es decir, 500 euros de multa.

En relación a las bicicletas, se incrementa su seguridad al obligar, en vías con más de un carril por sentido, a cambiar por completo de carril cuando se proceda a adelantar a ciclistas o ciclomotores. Además, suben de cuatro a seis los puntos a detraer cuando se adelanta poniendo en peligro o entorpeciendo a ciclistas sin dejar la separación mínima obligatoria de 1,5 metros. También se prohíbe parar o estacionar en carril bici o en vías ciclistas.

Otra novedad es que se unifica en dos años el plazo que tiene que transcurrir sin cometer infracciones que detraen puntos para que un conductor pueda recuperar su saldo inicial de puntos. Hasta ahora, este periodo variaba en función de la gravedad de la infracción cometida.

Por otro lado, los conductores podrán realizar cursos de conducción segura y eficiente con los que podrán recuperar dos puntos en el carné. Una orden ministerial desarrollará los requisitos necesarios y las condiciones que deben de cumplir.

Arrojar objetos a la vía o en sus inmediaciones que puedan producir accidentes o incendios pasa de ser infracción grave a muy grave (es decir, 500 euros de multa), así como la pérdida de seis puntos. Y se autoriza el uso de dispositivos inalámbricos certificados u homologados para el casco de motoristas y ciclomotoristas con fines de comunicación o navegación, siempre que no afecte a la seguridad en la conducción.

MÁS MEDIDAS

Por otra parte, aparece como nueva infracción grave (200 euros de multa) no respetar las restricciones de circulación derivadas de la aplicación de los protocolos ante episodios de contaminación y de las zonas de las bajas emisiones.

La Ley de Cambio Climático y Transición Energética obliga a los municipios de más de 50.000 habitantes a establecer zonas de bajas emisiones antes del 1 enero de 2023.

Además, se introduce como infracción muy grave (500 euros) utilizar dispositivos de intercomunicación no autorizados reglamentariamente en las pruebas para obtener o recuperar permisos o licencias de conducción u otras autorizaciones administrativas para conducir, o colaborar o asistir con la utilización de esos dispositivos. Además, el aspirante no podrá presentarse de nuevo a las pruebas para la obtención del permiso en el plazo de seis meses.

Desde el 6 de julio de 2022, los conductores de los vehículos destinados al transporte de viajeros por carretera que dispongan de interfaz para la instalación de alcoholímetros antiarranque estarán obligados a utilizar estos dispositivos.