La creación de una Sociedad Limitada (SL) es una de las opciones más comunes para emprendedores y pequeños empresarios que desean establecer un negocio en España. Este tipo de sociedad ofrece ventajas como la limitación de responsabilidad de los socios y una estructura flexible. Para asegurar que el proceso se realice correctamente y cumplir con todas las obligaciones legales, es crucial contar con asesoría fiscal y contable desde el principio.
Pasos a seguir para la constitución
- Elección del nombre: El primer paso es elegir un nombre. Este nombre debe ser único y no debe coincidir con el de ninguna otra empresa registrada. Para verificar la disponibilidad del nombre, es necesario realizar una consulta en el organismo indicado y solicitar una certificación negativa de denominación social.
- Redacción de los estatutos sociales: Son el conjunto de normas que regirán el funcionamiento de la entidad. En ellos se deben incluir aspectos como el objeto social, el capital social, la forma de administración y la distribución de beneficios, entre otros. Es recomendable contar con la asesoría de un abogado o gestor especializado para redactar estos estatutos.
- Apertura de una cuenta bancaria: Una vez redactados los estatutos, se debe abrir una cuenta bancaria a nombre de la futura SL. En esta cuenta, los socios deberán depositar el capital social, que para una Sociedad Limitada no puede ser inferior a 3.000 euros. El banco emitirá un certificado acreditativo del depósito, el cual será necesario para los trámites posteriores.
- Otorgamiento de la escritura pública: El siguiente paso es acudir a una notaría para otorgar la escritura pública de constitución. En este acto deben estar presentes todos los socios o sus representantes. El notario verificará que se cumplen todos los requisitos legales y procederá a inscribir en el Registro Mercantil. Además de la escritura, se debe presentar la certificación bancaria del depósito del capital social y la certificación negativa de denominación social.
- Obtención del NIF provisional: Tras el otorgamiento de la escritura, se debe solicitar el Número de Identificación Fiscal (NIF) provisional en la Agencia Tributaria. Para ello, se debe presentar una copia de la escritura pública y el modelo 036. El NIF provisional permitirá realizar las primeras operaciones hasta la obtención del definitivo.
- Inscripción en el Registro Mercantil: Una vez obtenida la escritura pública, ésta debe inscribirse en el Registro Mercantil de la provincia donde se establezca el domicilio social de la empresa. La inscripción otorga personalidad jurídica y garantiza la publicidad de su constitución.
- Obtención del NIF definitivo: Después de la inscripción, se debe solicitar el NIF definitivo en la Agencia Tributaria. Para ello, se debe presentar la inscripción en el Registro Mercantil y la escritura pública de constitución. El NIF definitivo es necesario para la operativa diaria, incluyendo la emisión de facturas y la realización de trámites fiscales.
- Alta en el IAE y la Seguridad Social: La empresa debe darse de alta en el Impuesto de Actividades Económicas (IAE), un tributo que grava el ejercicio de actividades empresariales. Además, si va a contratar empleados, debe inscribirse en la Seguridad Social y obtener un Código de Cuenta de Cotización. Este trámite también se realiza en la Tesorería General de la Seguridad Social.
- Legalización de libros y registro de socios: La entidad debe llevar una serie de libros contables y societarios que deben ser legalizados en el Registro Mercantil. Entre ellos se encuentran el libro de inventarios y cuentas anuales, el libro diario y el libro de actas. También es necesario llevar un libro registro de socios, donde se anotarán todas las transmisiones de participaciones sociales.
- Comunicación de la apertura del centro de trabajo: Por último, si va a contar con un local u oficina, se debe comunicar la apertura del centro de trabajo a la Consejería de Trabajo de la Comunidad Autónoma correspondiente. Este trámite es necesario para cumplir con la normativa laboral y de seguridad e higiene en el trabajo.
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La creación de una Sociedad Limitada requiere seguir una serie de pasos administrativos y legales. Contar con la asesoría de profesionales especializados, fiscal y contable puede facilitar este proceso y asegurar el cumplimiento de todas las obligaciones legales. Con una correcta planificación y ejecución, la constitución de una SL puede ser un primer paso sólido hacia el éxito empresarial.