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La CNMV aprueba el código de buenas prácticas de inversores

MADRID, 22 (SERVIMEDIA)

La Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) aprobó este miércoles el Código de buenas prácticas de inversores institucionales, gestores de activos y asesores de voto en relación con sus deberes respecto de los activos conferidos o los servicios prestados.

Según detalló en un comunicado, el objetivo del código es promover una mayor implicación de los accionistas en la vida de las sociedades en las que invierten. Al ser los inversores institucionales y los gestores de activos accionistas o actores importantes en un gran número de sociedades, su implicación es fundamental para conseguir un modelo eficiente de gestión y gobernanza empresarial.

Para la redacción del documento se ha contado con un grupo consultivo, presidido por el presidente de la CNMV y compuesto por representantes de los supervisores sectoriales (Banco de España y Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones), asociaciones de emisores y profesionales sectoriales, firmas legales y de auditoría, proxies advisors/solicitors, y otros profesionales y expertos de reconocido prestigio.

Una vez aprobado, los inversores que lo deseen podrán adherirse mediante un escrito dirigido a la CNMV, que publicará una relación de estas entidades y un enlace a la página web de cada una de ellas en la que deberán estar publicadas, de forma visible y clara, las políticas de implicación y de voto, así como el resto de información necesaria para cumplir con el código. Las entidades que decidan sumarse deberán indicar en su informe anual cómo han aplicado los distintos principios.

Con esta iniciativa el mercado español «se equipara al resto de mercados internacionales que vienen aplicando estos códigos para fomentar la participación de los inversores en las decisiones de la entidades en las que invierten», según destacó la CNMV.

El código se dirige a inversores institucionales (aseguradoras y fondos de pensiones) y a los gestores de activos, con sede en España.

Para facilitar la adhesión de entidades de menor tamaño, en base al criterio de proporcionalidad se puede modular el alcance de las recomendaciones a cualquier entidad, en función de la magnitud absoluta y relativa de sus inversiones, o en función de la tipología de las inversiones que realicen.

Dada la novedad, se ha optado por un periodo transitorio de tres años a contar desde el día de la aprobación del código durante el cual las entidades que decidan adherirse podrán aplicar los criterios en su informe anual indicando qué principios han aplicado y cuáles no en el ejercicio que se reporta.

Las entidades que decidan acogerse al periodo transitorio deberán mostrar un compromiso público de aplicar todos los principios antes de febrero de 2026, para lo que deberán publicar, en el momento de la adhesión, un plan y un calendario concreto de adaptación.

El código cuenta con siete principios, que abarcan aspectos tales como la necesidad de invertir y contar con una estrategia y orientación a largo plazo, para lo que es necesario revisar y actualizar las prácticas y estructuras internas de gobierno; la importancia de alcanzar un conocimiento adecuado y seguimiento de las empresas en las que se invierte; el desarrollo y publicidad de la política de implicación; el ejercicio del derecho de voto; la transparencia anual de las actuaciones de implicación y voto realizadas en el ejercicio anterior; la gestión de conflictos de intereses, y la política retributiva.